Hasta el 5 de marzo de 2021 se puede solicitar la ayuda al alquiler de vivienda en Canarias


La Consejería de Obras Públicas, Transporte y Vivienda del Gobierno de Canarias ha puesto en marcha la convocatoria de las ayudas al alquiler de vivienda 2020-2021 cuyas bases pueden ser consultadas por las personas que lo deseen (quienes han de tener en cuenta que el plazo de presentación de la solicitud expira el próximo día 5 de marzo). 

Los principales destinatarios de estas ayudas serán aquellas personas mayores de edad y residentes en España que cuenten con un contrato de alquiler de vivienda en Canarias y que cumplan el límite de precio arrendamiento y unas condiciones de ingresos determinadas. Dentro de los perfiles de personas solicitantes, esta ayuda priorizará a las familias numerosas o monoparentales; a unidades de convivencia que incluyan a víctimas de violencia de género o unidades de convivencia que incluyan a personas con diversidad funcional con un grado igual o superior al 33%.

Las subvenciones se dividirán en dos líneas de ayudas, por un lado, las de alquiler general y para mayores de 65 años que podrán subvencionar hasta un 40% o un 50% en el caso de que todas las personas de la unidad familiar superen los 65 años. Por otro, las ayudas al alquiler destinadas a menores de 35 años que podrán subvencionar hasta el 50% de la renta por el inmueble y, excepcionalmente, podrán convivir en el mismo personas de más de 35 años dependientes.

A quienes resulten beneficiarios de esta convocatoria se les subvencionará los recibos del alquiler comprendidos entre el periodo del 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021. 

Para poder solicitar esta ayuda los ingresos de la unidad de convivencia deberán ser iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) exceptuando ciertos casos puntuales, como familias numerosas o con miembros con diversidad funcional, que podrán alcanzar 4 o 5 veces el IPREM.

Modalidad de solicitud

Todas estas solicitudes se podrán presentar desde el próximo 18 de enero y hasta el 5 de marzo tanto de forma presencial como telemática a través del Instituto Canario de la Vivienda o las oficinas de las Cámaras de Comercio de Canarias, con las que se ha llegado a un acuerdo para la prestación de servicios para esta convocatoria de ayuda. Ante la actual crisis sanitaria por la Covid- 19 y al fin de lograr una tramitación ágil y eficiente, el ICAVI priorizará la modalidad de presentación telemática para la que se ha preparado una amplia cobertura de atención. En esta modalidad quien no tenga certificado de firma electrónica o dni electrónico, podrá darse de alta sin dificultad en el sistema Cl@ve Permanente o mediante el teléfono 012, dependiente del Gobierno de Canarias, para solicitar este proceso. Una vez obtenida la Cl@ve Permanente se deberá solicitar cita en la sede de la Cámara de Comercio de su Isla o el ICAVI para, desde allí, cumplimentar y presentar electrónicamente su solicitud de ayuda al alquiler.

En el caso que se opte por la presentación presencial, ésta se realizará preferentemente, en las oficinas de las Cámaras de Comercio de Canarias o del Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI) previa solicitud de cita previa a través del Teléfono 012, o en cualquiera de los registros previstos en la normativa del procedimiento administrativo. La información general, sobre la forma y presentación de solicitudes, se podrá obtener en la página web del ICAVI (https://www.gobiernodecanarias.org/vivienda/), llamando al Teléfono 012, o en las Cámaras de Comercio de Canarias.

La participación de la Cámara de Comercio forma parte de un acuerdo firmado con las cuatro organizaciones camerales del Archipiélago que establece que las Cámaras serán entidades colaboradoras para la prestación de los servicios de recogidas de las solicitudes de los ciudadanos que demanden una ayuda al alquiler general, ampliando personal y medios técnicos al Instituto Canario de la Vivienda.



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